¿Contrato a Honorarios o Relación Laboral? Así Lo Define la Corte Suprema en Chile

¿Contrato a Honorarios o Relación Laboral? Así Lo Define la Corte Suprema en Chile

Miles de trabajadores en Chile prestan servicios a honorarios, sin acceso a cotizaciones, vacaciones ni indemnización. Sin embargo, si existe subordinación y dependencia, el contrato a honorarios puede ser considerado una relación laboral. La Corte Suprema lo dejó claro en un reciente fallo.

⚖️ Principio de Primacía de la Realidad

El derecho laboral se basa en la realidad por sobre el contrato firmado. Esto significa que si trabajas con jornada, órdenes y supervisión, eres trabajador, aunque firmes como prestador de servicios.


🧑‍⚖️ El Caso: Trabajadora vs. Municipalidad de La Pintana

La Corte Suprema falló a favor de una trabajadora que fue despedida injustificadamente por la municipalidad. Aunque tenía contrato a honorarios, se demostró que:

  • Tenía horario fijo

  • Marcaba asistencia

  • Recibía órdenes

  • Sus funciones eran permanentes y esenciales


🧾 ¿Qué Dice el Código del Trabajo?

Si hay subordinación y dependencia, se trata de una relación laboral. En estos casos, corresponde:

  • Contrato indefinido o a plazo

  • Cotizaciones previsionales

  • Derecho a vacaciones, licencias e indemnización


🚨 ¿Qué Implica Este Fallo?

Para trabajadores:

Puedes exigir reconocimiento como trabajador y demandar tus derechos si cumples funciones bajo dependencia.

Para empleadores:

Usar contratos a honorarios para cubrir empleos estables puede resultar en sanciones e indemnizaciones si el vínculo es laboral en la práctica.

Este fallo reafirma que en Chile la realidad manda sobre el papel. Si tu trabajo implica subordinación, tienes derechos laborales, aunque te paguen a honorarios.


Post Your Comment

CONTÁCTANOS

Estamos aquí para ayudarte con una atención cercana, profesional y personalizada.

Escalona & Asociados Abogados nace en Concepción como un proyecto familiar y profesional, con el propósito de acercar el derecho a las personas y empresas.
Horario de atención
Lunes – Viernes

08:00 a 19:30 hrs.

Sábado – Domingo

Cerrado

Contáctanos